Minuta que debe ser proporcionada por la entidad financiera o por el acreedor (si ya tiene la minuta, llévela a la oficina notarial; si desea ayuda con la elaboración de la minuta, solicítelo al abogado que lo atienda).
Escrituras públicas
Si su inmueble está hipotecado y desea que figure sin gravámenes, se requiere la escritura pública de levantamiento de hipoteca. Estos son los requisitos.
Presente los siguientes documentos al momento de iniciar su trámite.
Minuta que debe ser proporcionada por la entidad financiera o por el acreedor (si ya tiene la minuta, llévela a la oficina notarial; si desea ayuda con la elaboración de la minuta, solicítelo al abogado que lo atienda).
CRI o copia literal de la partida del inmueble ofrecido en hipoteca.
La oficina notarial prepara la escritura pública. Si se trata de una entidad financiera, se enviará a un dependiente para la toma de firmas de los funcionarios de dicha entidad. Consulte si en el costo está incluida la toma de firmas.
Deben cancelarse los derechos registrales por la cancelación de hipoteca.
Pregunte si dentro del costo se incluyen los derechos registrales; de no ser así, pida una liquidación para la inscripción correspondiente.
Acérquese directamente a nuestra oficina para la redacción de su escritura.